En una fecha emblemática, la Vecinal del Barrio Colón comenzó a ser una realidad con la sanción de la Ordenanza Nº 54. A través de la misma y bajo la Presidencia de Carlos Toselli en el Concejo, se le otorgó un espacio propio.
De esta manera, a través de la misma, se le permitió a los vecinos asentados en aquel sector de una pujante población que aún sostenía varios «Pasajes» que luego darían paso a calles hoy plenamente consolidadas, tener su propia representación.
En el segundo artículo de la norma, el texto de la normativa señala: Los terrenos a escriturar son: 1) Vecinal Barrio Colón: Una fracción de terreno que es parte del lote Nº 31 de la Colonia Sunchales, ubicada en la esquina Sud Oeste, formada por la intersección de la prolongación de la calle Fernando Dentesano y Pasaje Leguizamón, que mide de frente -sobre calle Dentesano– veintidós metros con veinticinco centímetros y de fondo –con frente hacia Cortada Leguizamón- treinta metros. El restante terreno es el que corresponde a la Vecinal del Barrio Sur, acto administrativo que se concretó en la misma Ordenanza.


