En uno de los temas destacados de la sesión ordinaria de este jueves, los ediles darán despacho positivo al pedido de Gonzalo Toselli de actualizar el valor de la Unidad de Cuenta Municipal. Si bien no será todo lo que se esperaba, el 15 por ciento consensuado tendrá una aplicación casi inmediata puesto que comienza a tener vigencia desde octubre. Como un gesto a la parte comercial, quedará al margen de este aumento el Derecho de Registro e Inspección.
A continuación, repasamos el despacho de Comisión del Concejo Municipal:
Visto:
El Expte. 00239DEM autoría del Departamento Ejecutivo Municipal, y;
Considerando:
Que el proyecto de referencia fija valor de la Unidad de Cuenta Municipal a partir del 1 de octubre de 2018;
Que se considera necesario reducir el incremento que surge de la fórmula establecida según ordenanza 2139 a los efectos de no generar un alto impacto en el contribuyente que abonen las tasas;
Que habiendo hecho los análisis correspondientes se ha acordado un incremento de 15% de la Unidad de Cuenta Municipal para la determinación de todas las obligaciones tributarias, excepto las inherentes al Derecho Registro e Inspección;
Que formulado el análisis de rigor, los abajo firmantes constituidos en Comisión disponen la aprobación del siguiente texto:
“ARTÍCULO 1º. Fíjase, a partir del 01 de octubre de 2.018, en cinco pesos con cero seis centavos ($5,06) el valor de la Unidad de Cuenta Municipal para la determinación de todas las obligaciones tributarias de la ciudad de Sunchales, con excepción de las Contribuciones Especiales y las obligaciones tributarias dispuestas en los ARTÍCULOS 51 y 52 de la Ordenanza 2462.
ARTÍCULO 2º. Fíjase, a partir del 01 de octubre de 2.018, en cuatro pesos con cuarenta centavos ($4,4) el valor de la Unidad de Cuenta Municipal para la determinación de las obligaciones tributarias establecidas en los artículos 51 y 52 de la Ordenanza Nº 2462.
Exceptuase de lo dispuesto en el párrafo precedente a aquellas obligaciones tributarias definidas en el inc. 15 del artículo 51 y a las establecidas en el artículo 52 de la Ordenanza Nº 2462 sólo para las actividades desarrolladas por Contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) Ley Nacional N° 26565 las que se mantienen en tres pesos con cincuenta ($3,50) el valor de la Unidad de Cuenta Municipal.
ARTÍCULO 3º. Derógase la Ordenanza N° 2687.
ARTÍCULO 4º. Incorpóranse como Anexo I de la presente la siguiente documentación:
– Cuadro comparativo Unidad de Cuenta Municipal al 31/07/2018.
– Precios gas oíl grado 3 al público en Sunchales a junio 2.018.
– Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC).
– Acta paritaria de fecha 03 de abril de 2.018 firmada por FESTRAM.
Sunchales, 19 de septiembre de 2018.

