ARB: Se conocieron las sanciones por los incidentes de la Final del Súper 4 masculino

(Por: Básquet Total) – En algunos días se cumplirá un mes desde que se jugara la final del Súper 4 del Torneo Preparatorio que protagonizaron Atlético de Rafaela y Unión de Sunchales en el Lucio Casarín, con victoria Celeste. Un duelo que quedará marcado por todo lo acontecido en los segundos finales del tiempo regular que posteriormente derivaría en el suplementario.

Recapitulemos. Aquella noche, a falta de pocos segundos para que culmine el partido el árbitro Walter cobró una falta a favor de Unión cuando el reloj ya no tenía tiempo por correr. Finalmente, y tras una debatida charla entre los jueces, se determinó que el partido iba a tiempo suplementario.

Claro está que esa situación trajo consigo innumerables sucesos desproporcionados una vez terminado el partido, por lo que tanto Unión de Sunchales, los árbitros del partido y la propia Asociación de Básquet hizo sus reclamos correspondientes. Y en las últimas horas se conoció el fallo oficial.

En el documento se desprenden múltiples sanciones, que a continuación damos a conocer:

A Germán Gribaudo, Gustavo Riboldi y Daniel Anghilante, miembros de Atlético de Rafaela, y a Marcelo Bértola, miembro del Club Unión de Sunchales con la pena de suspensión de 45 días por la aplicación de Artículo 77, inciso A del código de penas de la C.A.B.B. (falta de respeto para con autoridades del encuentro).

A los jugadores Matías Borda Bossana y Nicolás Zurvera de Unión de Sunchales con la pena de suspensión de diez partidos por la aplicación del Artículo 107, inciso G del código de penas de la C.A.B.B. (insultos hacia las autoridades del partido).

Al jugador Tomás Lattanzi de Unión de Sunchales con la pena de suspensión de cuarenta partidos por la aplicación del Artículo 108, inciso A del código de penas de la C.A.B.B. (Agresión física a las autoridades del partido).

A la terna arbitral compuesta por Iván Andereggen, Fernando Capolungo y Matías Walter con pena de suspensión de cuatro meses y medio por la aplicación del Artículo 90, inciso A del código de penas de la C.A.B.B. (actitudes incorrectas que desembocan en agresiones o hechos de violencia).

Al cronometrista Ariel Barrera con la pena de suspensión de treinta días por la aplicación del Artículo 90, inciso A del código de penas de la C.A.B.B. (actitudes incorrectas que desembocan en agresiones o hechos de violencia).

A su vez, el fallo rechaza el reclamo presentado por el Club Unión de Sunchales, en cuanto a la solicitud de retrotraer la jugada y disputar las décimas de juego restantes.

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