Medidas alternativas para joven que hirió a una menor

(Por: Nilo Peretto – Para: Diario Castellanos) – Ayer desde las 18 en la Sala Nº 1 de la Oficina de Gestión Judicial que funciona en los Tribunales de nuestra ciudad, se desarrolló una audiencia de medidas cautelares presididas por el Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Alejandro Mognaschi, actuando como fiscal Guillermo Loyola y como defensora la Dra. Amalia Cassina, en representación del imputado Rodrigo Ezequiel M., un joven sunchalense acusado en principio de los presuntos delitos de Portación indebida de arma de guerra en concurso real con Abuso de arma, hecho ocurrido en la ciudad de Sunchales el pasado fin de semana.

El hecho
Tras las presentaciones de rigor, el fiscal Loyola relató que un sujeto apodado San Juan llegó hasta un negocio ubicado en calle Rivadavia de la ciudad de Sunchales preguntando por el imputado y cuando el abuelo de éste le relató que estaba a punto de bañarse, el sujeto le dijo que lo iba a matar. En la retirada agregó que el tal San Juan pateó la moto del joven que buscaba y éste, salió a la calle portando una carabina calibre 22 tiro a tiro con caño recortado. En esas circunstancias el encartado efectuó un disparo -aún cuando su abuelo le pidió que no lo hiciera porque había mucha gente- que terminó impactando en el muslo de la pierna izquierda de una menor de 13 años que cruzaba la calle junto a un grupo de amigas. Entonces el autor del disparo subió a su moto y se fue con la premisa de «descartar» el arma que había utilizado, Poco después el joven fue aprehendido por personal policial y entonces le relató donde había tirado la carabina que más tarde fue secuestrada.

Para el fiscal entonces estaban acreditados los tres incisos del Art. 219 del CPP de la provincia de Santa Fe, que hablan de la responsabilidad penal probable del acusado en el hecho; la pena en expectativa que pudiera corresponderle y el riesgo de fuga o entorpecimiento probatorio.

La defensa
A su turno la Dra. Cassina rechazó de la plano la carátula provisoria de la calificación de arma de guerra a la carabina desde la que salió el disparo, entendiendo que se trata de un arma de uso civil, lo que baja notablemente la pena en expectativa que pudiera corresponder, entendiendo por ello que su cliente debía ser liberado con la promesa de cumplir medidas alternativas, irse a vivir a la localidad de Tacural con su madre y comenzar un tratamiento de recuperación por su adicción a las drogas.

Tras esta presentación el Juez Alejandro Mognaschi se tomó algunos minutos para realizar las consultas pertinentes respecto a las arma de guerra y tras ello, entendiendo que el imputado portaba un arma de uso civil, decidió hacer lugar a lo solicitado por Cassina, estableciendo además el pago de una fianza que se fijó en la suma de cien mil pesos.

Carabina 22 tiro a tiro
La Anmac (Agencia Nacional de Materiales Controlados) modificó en el año 1996 la reglamentación a la Ley 20.429 respecto de las categorías de distintas armas. Entonces se establece en el capítulo dedicado a las armas de hombro lo siguiente: Carabinas, fusiles y fusiles de caza de carga tiro a tiro, repetición o semiautomáticos, hasta calibres 5,6 mm (.22 pulgadas) inclusive, son consideradas como armas de uso civil, con excepción de las que empleen munición de mayor potencia o dimensión que la denominada «22 largo rifle» (.22LR), que quedan sujetas al régimen establecido para las armas de guerra.

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