Concejo: Convocan a entidades para otorgar la Beca «Deportista Sunchalense»

Desde el año 2012, el Concejo Municipal de Sunchales entrega anualmente una Beca a un deportista destacado de la ciudad, con el objetivo de acompañar su desempeño en la disciplina que practique.

En virtud de la experiencia acumulada en torno a la selección y otorgamiento del beneficio, el Cuerpo Legislativo en pleno aprobó la Resolución Nº 717/2019, por medio de la cual se dispuso un nuevo mecanismo que se pondrá en práctica para la entrega 2020.

De esta manera, el Concejo Municipal de Sunchales invita a elevar sus propuestas de candidatas/os a recibir la Beca, a las entidades deportivas, escuelas, vecinales e instituciones intermedias en general, así como organizaciones no gubernamentales y periodistas especializados en la temática.

Las postulaciones se recibirán hasta el viernes 13 de diciembre inclusive y las mismas deberán presentarse en la Secretaría del Concejo, Av. Belgrano 103 – segundo piso, o enviarse vía correo electrónico: concejo@concejosunchales.gob.ar

Las propuestas presentadas deberán contener los datos de la persona o entidad que postula, nombre, edad y disciplina del deportista postulado. Por supuesto también deberán describirse los argumentos que justifiquen la presentación y los antecedentes deportivos correspondientes.

Es importante aclarar que las postulaciones no pueden ser realizadas de manera personal por deportistas que deseen recibir el beneficio, ni por vecinas y vecinos de la comunidad en general. Las propuestas solo podrán llegar a través de entidades y/o periodistas deportivos.

Texto completo de la Resolución Nº 717.

Características generales de la Beca “Deportista Sunchalense”
Una vez recibidas las postulaciones, el Cuerpo Legislativo constituido en Comisión Especial evaluará las solicitudes ponderando, además del mérito deportivo, los siguientes parámetros: situación socioeconómica, perspectiva de género y vínculos con la comunidad, grupo y/o institución.

La Comisión Especial podrá invitar, con carácter consultivo no vinculante, a representantes de instituciones afines y especialistas, para que contribuyan a evaluar las postulaciones recibidas.

El beneficio es de carácter anual y consiste en un aporte económico dividido en doce cuotas mensuales iguales, las cuales no son acumulables y se pagan en forma personal a la persona beneficiaria o a quien ésta indique.

La Beca tiene carácter de apoyo económico adicional y es compatible y acumulable con cualquier otra beca, subsidio o estipendio. A criterio de la Comisión Especial el beneficio puede reiterarse por un nuevo período. También puede ser dejado sin efecto antes de la finalización del período de otorgamiento, a criterio de la Comisión Especial, si la persona abandonara la actividad o fuera sancionada por autoridad competente como consecuencia de la comisión de faltas que conciernan a su conducta e integridad.

La Comisión debe elaborar un orden de méritos en el que se incluya una persona titular y otra suplente. La vacante que se produzca será ocupada por el suplente inmediato hasta la finalización de la Beca oportunamente otorgada.

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