El Concejo y una modificación para remises

1°) Aprobación Acta N° 955.
2°) Informe de Presidencia.
3°) Correspondencia recibida.

4°) Despacho de comisión Concejo Municipal en pleno, sobre proyecto de Ordenanza emanado del Ejecutivo municipal: ratifica el acuerdo celebrado entre la municipalidad de Sunchales y el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

5°) Proyecto de Ordenanza presentado por el bloque de Concejales PS-FPCyS: incorpórase a la Ordenanza N° 1182/97; Art. 6° Cap.II: “De las agencias” el siguiente texto: “Las agencias deberán contar, como mínimo, de un coche por turno que disponga del espacio suficiente y/o porta-equipajes para el traslado de sillas de ruedas, andadores, bastones o cualquier otro elemento accesorio y/o necesario para las personas de movilidad reducida. Por estos servicios no se cobrará tarifa adicional alguna.”; y como Art. 15° Cap.IV: “De los conductores”: “La prestación del servicio a personas con movilidad reducida resulta obligatoria, debiendo los conductores ofrecer su colaboración para el ascenso y descenso de los vehículos como así también proceder a la carga y descarga de mecanismos de movilización u otros elementos, sin que medie remuneración especial.”

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