Elecciones 2021: Bajan la edad para habilitar candidaturas en municipios

(Por: Martín Caffaro – Para: El Litoral) – Una semana después de las elecciones municipales y comunales, la Cámara de Diputados dio media sanción a una reforma a la vieja ley de Municipios -año 1939- para habilitar que los mayores de 18 años puedan ser candidatos a intendentes o a concejales en sus respectivas ciudades. La ley mantiene aún los 22 años como requisito.

El pleno de Diputados acompañó una propuesta de Gabriel Real (PDP) para modificar los artículos 24 y 30 de la ley 2.756. El demoprogresista viene insistiendo con una reforma similar en las comunas pero no ha tenido aún eco en el Senado. En tres ocasiones la Cámara Baja votó el tema de comunas y las tres veces el Senado dijo no. La última fue en junio de este año y allí el legislador habló de habilitar a 250.000 jóvenes a la posibilidad de postularse. El número es mucho mayor en las ciudades de la provincia donde los jóvenes entre 18 y 22 años pueden votar, tienen derechos civiles reconocidos por el Código y no pueden postularse para cargos municipales.

La redacción votada para el artículo 24 establece que «para ser concejal se requiere tener no menos de dieciocho años de edad y dos años de residencia inmediata en el municipio si fuera argentino y ser elector del municipio. Los extranjeros deberán tener no menos de dieciocho años de edad, cuatro de residencia inmediata en el municipio y estar comprendidos dentro de las exigencias que esta ley determina para ser elector». En el caso de intendente, 18 años y dos años de residencia inmediata. A los extranjeros le está vedada la posibilidad de ser intendente.

Real recordó que «la ley orgánica de Municipalidades fue promulgada el 23 de septiembre de 1939, época en la que el Código Civil establecía la mayoría de edad de las personas a los veintidós años. Tal criterio fue directamente tornado por el legislador santafesino, exigiendo idéntica edad para los candidatos a conformar las comisiones comunales. Luego la Ley 17.711 (de 1969) que reformó el Código Civil establecía la mayoría de edad a los veintiún años y finalmente, el 21 de diciembre de 2009 se promulgada la Ley Nº 26.579 que determina la mayoría de edad a los dieciocho años, vigente en la actualidad. En la evolución desarrollada, ninguna de las sucesivas reducciones ha sido receptada por la Ley provincial Nº 2.756». Agregó el demoprogresista que «reconociendo que los ciudadanos adquieren capacidad en relación a sus derechos y obligaciones a los dieciocho años, veo necesario actualizar la ley para ampliar el goce pleno de los derechos políticos electorales a este sector que particularmente se hallaba excluido del mismo».

En tanto, Oscar Martínez (Ciento por Ciento Santafesino) fue quien expuso el respaldo al proyecto en la necesidad de facilitar y permitir la participación de los jóvenes en política.

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