Prisión condicional y trabajos comunitarios para un sunchalense

(Por: Diario Castellanos) – Ayer poco antes del mediodía en los Tribunales Penales de Rafaela, se llevó adelante un Juicio Abreviado en el que un individuo oriundo de la ciudad de Sunchales, fue condenado a tres años de prisión de cumplimento condicional, más otras medidas alternativas que serán enumeradas más adelante.

El Art. 339° de procedimiento abreviado señala que en cualquier momento de la Investigación Penal Preparatoria, el Fiscal y el defensor del imputado, en forma conjunta, podrán solicitar al Tribunal de la Investigación Preparatoria, la apertura del procedimiento abreviado en un escrito que deberá contener diversos requisitos que deben cumplimentarse.

Posteriormente el Tribunal de Juicio convocará a las partes a una audiencia pública donde se le recibirá declaración al imputado. Si éste reconociera el acuerdo, el Presidente leerá los tres primeros puntos de la presentación conjunta, explicará clara y sencillamente al imputado el procedimiento escogido y sus consecuencias requiriéndole nuevamente su expresa conformidad.

La presencia del Fiscal, el imputado y su defensa son condiciones de validez de la audiencia.

Finalmente el Tribunal dictará sentencia de estricta conformidad con la pena aceptada por las partes, sin perjuicio de definir la calificación legal que corresponda.

En este caso lo acordado fueron tres años de prisión de cumplimiento condicional; además de tener que realizar tareas comunitarias en el Corralón Municipal de la ciudad de Sunchales, una vez por semana, dos horas, por el término de un año.

El hecho
Recordamos que el imputado, Eusebio Alejandro E., el día 25 de marzo de 2014, a las 23 aproximadamente, hirió en una pierna de un disparo con una escopeta recortada, a Leandro José Rodríguez en la ciudad de Sunchales, siendo poco después detenido por la policía. En ese momento se lo acusó de los delitos de Abuso de Arma y Portación Indebida de Arma de Guerra Atenuada, por lo que tras el acuerdo entre el Fiscal Martín Castellano y la Dra. Mónica Ronchi, todo avalado por la Jueza Cristina Fortunato, fue condenado a tres años de prisión en suspenso y a cumplimentar diversas reglas de conducta que marca la ley.

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