Concejo: Acerca del diferimiento de pago del Derecho de Registro e Inspección

El Concejo Municipal informó acerca de la reciente aprobación de una Ordenanza a través de la cual se impulsa la posibilidad de diferir pagos de DREI para algunas de las categorías más bajas de contribuyentes.

La norma en cuestión -Ordenanza N° 2824- fue aprobada por el Concejo Municipal en su primera Sesión Extraordinaria de abril. De esta manera, los ediles acompañaron la iniciativa planteada por el Ejecutivo Municipal, la cual fue analizada y ampliada en su alcance por el Cuerpo Legislativo local. Se dispuso el diferimiento del vencimiento para el pago del Derecho de Registro e Inspección de los meses de marzo, abril y mayo, hasta el 30 de junio de 2020, medida aplicable a determinados contribuyentes.

Se alcanza a contribuyentes de determinadas categorías y que posean ciertas condiciones.

Categorías:
– Monotributo Social.
– Monotributo categoría A.
– Monotributo categoría B.
– Monotributo categoría C.
– Empleadores de hasta 20 trabajadores.

Condiciones de contribuyentes:
a) Ser titular de actividad y/o servicio que no haya sido declarado esencial en la emergencia sanitaria.
b) Pago total del Derecho de Registro e Inspección correspondiente al año 2019.
c) Habilitación comercial vigente al día 20 de marzo de 2020.

La Ordenanza también establece que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá otorgar el diferimiento en el pago del DREI a otras categorías de contribuyentes no incluidas, siempre que cumplan con los requisitos contemplados y que justifiquen dificultades económicas para afrontar el pago del mismo.

En último término se autoriza a la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas a llevar a cabo los aspectos operativos necesarios para implementar lo dispuesto, como asimismo a disponer medidas complementarias que resulten necesarias, como planes de pago de hasta seis cuotas, entre otras.

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