Con la autoría del grupo «Igualdad Sunchales», fue elevada al Concejo una iniciativa para instaurar la «Guardia Rural» a nivel sunchalense. La iniciativa se sustenta en el hecho de que, a través de la Guardia Urbana Sunchalense, actualmente se puede encarar diferentes trabajos y acciones sin tener que depender de las decisiones provinciales y nacionales.
A partir de este punto, crear la nueva repartición, permitiría añadir además mayor proximidad y mejores respuestas, actuando con mayor rapidez a las demandas, llevando más contención y seguridad a cada ciudadano.
La intención radica esencialmente en modificar la Ordenanza vigente de la Guardia Urbana Sunchalense, ampliando sus objetivos y disponiendo de un móvil en cada barrio, ofreciendo la posibilidad de actuar con mayor celeridad.
A continuación, la nota elevada por Igualdad Sunchales para su análisis y tratamiento:
Sra. Presidenta del Concejo Deliberante
María José Ferrero
Dado que:
La prevención constituye una arista fundamental dentro de las políticas de seguridad pública para evitar situaciones conflictivas y disuadir la realización de conductas que afecten la convivencia en comunidad;
El Estado Municipal debe contribuir a garantizar los derechos y obligaciones de todos los habitantes, impulsando herramientas y estrategias que fortalezcan la seguridad ciudadana;
La seguridad ciudadana se encuentra cada vez más vulnerable ante diferentes situaciones de violencia e inseguridad, que contribuyen a un contexto de desprotección de derechos y garantías de la población de Sunchales;
Solicitamos, en esta situación de emergencia, que se modifique la actual ordenanza de “Guardia Urbana Sunchalense”, y se incorporen los siguientes artículos:
Artículo 1: Amplíese la Guardia Urbana Sunchalense a los fines de garantizar el funcionamiento del “Patrullaje Barrial”.
Artículo 2: Cada barrio de la ciudad debe contar con un móvil a disposición y en circulación para asistir en diversas situaciones de conflicto, articular acciones encaminadas a sostener la convivencia en condiciones óptimas, colaborar en la prevención y disuasión de hechos que puedan presentar conflictividad social y fomentar la proximidad vecinal, a partir del dialogo y el consenso.
Artículo 3: Provéanse los medios necesarios, tales como móviles y efectivos, a los fines de garantizar la operatividad del artículo anterior.
Artículo 4: Las partidas para dar consecución a lo antes mencionado se obtendrán de rentas generales, serán imputadas a la Partida Gastos en Bienes y Servicios No Personales, Subpartida Programa de Inclusión Social, del Presupuesto General de Gastos y Recursos Municipales correspondiente.
Artículo 5: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archívese y dése al R. de R. D. y O.-

