(Por: Prensa URV) – En el marco de diligencias investigativas, que se desarrollan con intervención del Juzgado en lo Penal de Faltas Circuito 29 de la localidad de San Vicente a cargo del Dr. Juan Marchese, secretaria Dra. Telma Sanches, momentáneamente bajo la responsabilidad del Juzgado en lo Penal de Faltas de la ciudad de Sunchales, contando con los correspondientes mandatos legales personal de ésta Unidad Regional Vº, procedió a allanar tres locales comerciales emplazados en la ciudad de Sunchales, en donde funcionarían sendos cibers, ubicados calle Mitri al 451, en Avenida Independencia al 81 y en Láinez al 559, a los fines de determinar o constatar infracción a los artículos 94 (Organización de juegos y apuestas prohibidos) y 95 (Participación en juegos y apuestas)de la Ley 10703 del Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe.
Dichos allanamientos se efectuaron en forma simultánea, encontrándose presentes in situ y en cada uno de los procedimientos el propio magistrado, funcionarios judiciales y la presencia de testigos.
Como resultado de los mismos se pudo determinar que respecto al local de avenida Independencia se constató clientes utilizando Internet, no detectándose infracción alguna respecto a la Ley Provincial 10703, contando con la habilitación Municipal correspondiente; el emplazado en calle Laínez se hallaba cerrado, no obstante se ubicó al propietario conforme a mandato legal, se exigió la apertura del local constatándose la existencia de varias computadoras, manifestando el responsable tener el mismo cerrado en razón a habérsele vencido la habilitación Municipal necesaria, no detectándose infracción contravencional alguna. Con respecto al local ubicado en calle Mitri, se encontraba abierto con un cliente jugando en una computadora, con un juego de cartas en la página gratis de facebook (lo que en principio no configuraría infracción al juego clandestino), no obstante se procedió al legal secuestro de la máquina a los efectos de realizar las pericias informáticas correspondientes y determinar fehacientemente o no, si se infringe los mencionados artículos precedentemente.
Además dicho local no poseía la habilitación Municipal correspondiente la cual presuntamente se hallaba en trámite, no habilitándoselo para su funcionamiento comercial.
En este sentido se inició causa por Infracción al Artículo 57 del Código de Faltas de la Provincia (Incumplimiento de los mandatos legales) fue clausurado por parte del Juzgado Correspondiente.
Se continúan con las diligencias investigativas por parte magistrado.
Los presentes procedimientos se llevaron a cabo por iniciativa del Juzgado en lo Penal de Faltas y de la Unidad Regional Vº de Policía, los cuales se habían dado inicio en el Mes de Mayo del corriente año.

