A continuación, acercamos el Decreto que refiere el acuerdo con la Agencia Nacional de Discapacidad por 700 mil pesos para la construcción de rampas en el centro de la ciudad.
Sunchales, 26 de enero de 2018.
Decreto Nº 2672/2018
Visto:
El convenio suscripto entre la Agencia Nacional de Discapacidad de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la Municipalidad de Sunchales de la provincia de Santa Fe, en el marco del Expediente N° EX2017-14557525-APN-UEP-CNCPS y;
Considerando:
Que la Agencia Nacional de Discapacidad de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación se comprometió a asignar a la Municipalidad de Sunchales, con recursos del Fondo Nacional Para la Integración de Personas con Discapacidad, la suma de Pesos setecientos mil destinados a financiar la construcción de un circuito accesible, en el marco del Programa de Accesibilidad Urbana.
Que los antecedentes y documentación respaldatoria del Proyecto fueron debidamente valorados por el Comité Coordinador de Programas Para Personas Con Discapacidad, dependiente de la Agencia Nacional de Discapacidad.
Que los fondos del subsidio deberán ser aplicados en los términos que fuera aprobado por el Acta N° 809/17 del Comité Coordinador, debiéndose rendir a la Agencia Nacional de Discapacidad los gastos e inversiones efectuados en la ejecución del Proyecto.
Que el proyecto se fundamenta en la necesidad de incorporar y establecer el concepto de accesibilidad urbana a la ciudad de Sunchales, abordando aquellos sectores de mayor afluencia de ciudadanos, consistentes en instituciones de orden público o privado en las que haya mucha convocatoria; comunicando el circuito dos de las cuatro avenidas principales desde la plaza central hacia afuera y algunos intersticios determinados que conectan a distintas instituciones.
Que según Ordenanza de Presupuesto vigente, se encuentra contemplada en el presupuesto el Programa Integral de Obras Públicas – Proyecto Citta Slow – Obra 17.94.54 – Rampas y Badenes.
Que el proyecto se llevará a cabo mediante la materialización de rampas y vados en las esquinas del circuito que contempla el mismo, como asimismo, mediante la reparación y construcción de tramos rectos del circuito mediante aceras de 1,40 mts. de ancho con una loseta guía central para garantizar la accesibilidad a las personas con discapacidad visual y el resto con losetas antideslizantes.
Que el presupuesto de ejecución que comprende la ejecución de veredas con baldosas y de rampas con losetas; asciende a la suma de Pesos setecientos mil doscientos uno con veinte centavos ($ 700.201,20).
Que de acuerdo a la legislación vigente es necesario convocar a una licitación pública para la ejecución de la obra.
Por ello,
El Intendente Municipal de la ciudad de Sunchales, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
Decreto
Artículo 1º: Llámase a Licitación Pública N° 01/2018 para la ejecución de la obra pública: “Contratación de mano de obra y materiales Programa de Accesibilidad Urbana”.
Artículo 2º: Fíjese el presupuesto oficial en la suma de Pesos setecientos mil doscientos uno con veinte centavos ($ 700.201,20).
Artículo 3º: Convocase a Licitación Pública a partir del 01 de febrero de 2018 y hasta el día 19 de febrero de 2018 a la hora 11:00, fecha establecida para la apertura de las propuestas en dependencias de la Municipalidad de Sunchales.
Artículo 4º: Apruébese el Pliego Licitatorio, Obra “Contratación de mano de obra y materiales programa de Accesibilidad Urbana”, que regula esta licitación pública, donde constan las condiciones que deben reunir los oferentes para la presentación y demás especificaciones técnicas, complementarias y generales. El Pliego Licitatorio se adjunta y forma parte del presente como Anexo.
Artículo 5º: Determínese que las publicaciones de los llamados a Licitación se realizarán en el Boletín Oficial, por el término que marcan las disposiciones legales en vigencia, y en los medios de comunicación locales y zonales a partir del 01 de febrero de 2018.
Artículo 6º: Confórmese la Comisión de Preadjudicación que analizará las propuestas y aconsejará al Intendente Municipal sobre la oferta más conveniente a los intereses municipales, la que estará integrada por el Secretario de Obras, Servicios y Ambiente, el Secretario de Economía, Inversión Pública y Cooperativismo, y el Coordinador de Asesoría Jurídica.
Artículo 7º: Impútense las erogaciones que demande el cumplimiento del presente Decreto al Programa Integral de Obras Públicas – Proyecto Citta Slow – Obra 17.94.54 – Rampas y Badenes.
Artículo 7º: La Municipalidad de Sunchales se reserva el derecho de aceptar o rechazar las ofertas, según considere más conveniente a sus intereses.
Artículo 8º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Obras, Servicios y Ambiente, y el Secretario de Economía, Inversión Pública y Cooperativismo.
Artículo 9º: Registrese, comuníquese, publíquese y archivese.

